El CGC incoó expediente sancionador contra Interfaz Online, S.L. y Siglo XXI Consultores de Formación, S.L., por conductas que podrían suponer una infracción de la Ley 15/2007, de 3 de julio , de Defensa de la Competencia (LDC). Se abre ahora un plazo máximo de 18 meses para su instrucción y resolución.

La Subdirección General de Investigación de la Comisión Gallega de la Competencia (SUBDIC), tras la realización de la información reservada IR 14 2021, iniciada a consecuencia de la    remisión la esta CGC por parte del Tribunal Administrativo de Contratación Pública de la Comunidad Autónoma de Galicia (TACGal), de su Resolución número 166/2021, de 27 de agosto de 2021, .en relación al expediente para la contratación de un servicio organizado e impartición de acciones formativas del Servicio Municipal de Empleo y Empresas, expediente: 526/2020/61 del Ayuntamiento de A Coruña y tras verificarse el preceptivo procedimiento de asignación previsto en la Ley 1/2002, de 21 de febrero , de coordinación de competencias entre el Estado y las comunidades autónomas en materia de Defensa de la Competencia, resolvió incoar expediente sancionador contra las citadas empresas por apreciar indicios razonables de una posible conducta prohibida por la Ley 15/2007, de 3 de julio , de Defensa de la Competencia, en relación con el referido expediente de licitación pública.

La incoación de un expediente sancionador no prejuzga el resultado final de la investigación. Se abre ahora un plazo máximo de 18 meses para la instrucción del expediente y su resolución por el Pleno de la Comisión Gallega de la Competencia.

 

La Comisión Gallega de la Competencia

 

La Comisión Gallega de la Competencia está, de conformidad con el artículo 39 del 14/2013, de 26 de diciembre , de racionalización del sector público y con el artículo 26 del Decreto 118/2016, de 4 de agosto , por lo que se crea el Instituto Gallego del Consumo y de la Competencia y se aprueban sus estatutos., el órgano colegiado independiente, adscrito al Instituto Gallego del Consumo y de la Competencia (IGCC), que se encarga de la aplicación en la comunidad autónoma de Galicia de la Ley 15/2007, de 3 de julio , de Defensa de la Competencia, según los criterios establecidos por la Ley 1/2002, de 21 de febrero , de coordinación de las competencias del Estado y de las Comunidades Autónomas en materia de Defensa de la Competencia. Su finalidad es promover, garantizar y mejorar las condiciones de libre competencia y transparencia en el comprado, respeto de las actividades económicas que se ejerzan en el ámbito territorial de Galicia.