La Comisión Gallega de la Competencia incoa expediente sancionador contra las empresas que concurrieron a una licitación del Consorcio de la Zona Franca de Vigo.

Santiago de Compostela, 11 de febrero de 2022.

- La CGC ha incoado expediente sancionador contra ACINSER INTEGRAL, S.L.; AVAN INTEGRAL, S.L.; CIVIS GLOBAL, S.L.; LUZVIPROM, S.L.; UNION VANTAXE, S.L.; GEVORA CONSTRUCCIONES, S.A. y OBRASCON HUARTE LAIN, S.A. por conductas que podrían constituir una infracción de la Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia (LDC). Se abre ahora un periodo máximo de 18 meses para a su instrucción y resolución.

La Subdirección General de Investigación de la Comisión Gallega de la Competencia (SUBDIC), tras llevar a cabo la información reservada IR 14/2018, iniciada en virtud de la denuncia presentada por el Consorcio de la Zona Franca de Vigo ante la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), y verificado el preceptivo trámite de asignación previsto en la Ley 1/2002, de 21 de febrero, de coordinación de competencias entre el Estado y las comunidades autónomas en materia de Defensa de la Competencia, ha resuelto iniciar expediente sancionador a las citadas empresas por apreciar la existencia de indicios racionales de una posible conducta prohibida por la Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia, en relación con el expediente de licitación pública del Consorcio de la Zona Franca de Vigo: OBR/1710014 para realizar “OBRAS DE URBANIZACIÓN DEL ÁREA LOGÍSTICA EMPRESARIAL (LE) EN LA PLISAN (PRIMERA FASE DE EJECUCIÓN)”.

La incoación de un expediente sancionador no prejuzga el resultado final de la investigación. Se abre ahora un período máximo de 18 meses para la instrucción del expediente y su resolución por el Pleno de la Comisión Gallega de la Competencia.

La Comisión Gallega de la Competencia

La Comisión Gallega de la Competencia es, conforme al artículo 39 de la 14/2013, de 26 de diciembre, de racionalización del sector público y el artículo 26 del Decreto 118/2016, de 4 de agosto, por el que se crea el Instituto Gallego del Consumo y de la Competencia y se aprueban sus estatutos, el órgano colegiado independiente, adscrito al Instituto Gallego de Consumo y de la Competencia (IGCC), que está encargada de la aplicación en la comunidad autónoma de Galicia de la Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia, según los criterios establecidos por la Ley 1/2002, de 21 de febrero, de Coordinación de las Competencias del Estado y las Comunidades Autónomas en materia de Defensa de la Competencia. Tiene como finalidad promover, garantizar y mejorar las condiciones de libre competencia y transparencia en el mercado, respecto de las actividades económicas que se ejerzan en el ámbito territorial de Galicia.