La Comisión Gallega de la Competencia incoa expediente sancionador a las empresas que participaron en una licitación del Consorcio de la Zona Franca de Vigo.
Santiago de Compostela, 11 de febrero de 2022.
- El CGC incoó expediente sancionador contra ACINSER INTEGRAL, SL; AVAN INTEGRAL, SL; CIVIS GLOBAL, SL;LIGHTVIPROM, SL;UNION VENTAJA, SL; GEVORA CONSTRUCCIONES, SANA y OBRASCON HUARTE LAIN, SANA por conductas que podrían suponer una infracción de la Ley 15/2007, de 3 de julio , de Defensa de la Competencia (LDC). Se abre ahora un plazo máximo de 18 meses para su instrucción y resolución.
La Subdirección General de Investigación de la Comisión Gallega de la Competencia (SUBDIC), tras la realización de la información confidencial IR 14/2018, incoada en virtud de la denuncia presentada por el Consorcio de la Zona Franca de Vigo ante la Comisión Nacional de los Comprados y la Competencia (CNMC), y verificado el preceptivo procedimiento de asignación previsto en la Ley 1/2002, de 21 de febrero , de coordinación de competencias entre el Estado y las comunidades autónomas en materia de Defensa de la Competencia, resolvió incoar expediente sancionador contra las citadas empresas por apreciar la existencia de indicios razonables de una posible conducta prohibida por la Ley 15/2007, de 3 de julio , de Defensa de la Competencia, en relación con el expediente de licitación pública del Consorcio de la Zona Franca de Vigo: OBR/1710014 para realizar “OBRAS DE URBANIZACIÓN DEL ÁREA DE LOGÍSTICA EMPRESARIAL (LEE) DE La PLISAN (PRIMERA FASE DE EJECUCIÓN)”.
La incoación de un expediente sancionador no prejuzga el resultado final de la investigación. Se abre ahora un plazo máximo de 18 meses para la instrucción del expediente y su resolución por el Pleno de la Comisión Gallega de la Competencia.
La Comisión Gallega de la Competencia
La Comisión Gallega de la Competencia está, de conformidad con el artículo 39 del 14/2013, de 26 de diciembre , de racionalización del sector público y con el artículo 26 del Decreto 118/2016, de 4 de agosto , por lo que se crea el Instituto Gallego del Consumo y de la Competencia y se aprueban sus estatutos., el órgano colegiado independiente, adscrito al Instituto Gallego del Consumo y de la Competencia (IGCC), que se encarga de la aplicación en la comunidad autónoma de Galicia de la Ley 15/2007, de 3 de julio , de Defensa de la Competencia, según los criterios establecidos por la Ley 1/2002, de 21 de febrero , de coordinación de las competencias del Estado y de las Comunidades Autónomas en materia de Defensa de la Competencia. Su finalidad es promover, garantizar y mejorar las condiciones de libre competencia y transparencia en el comprado, respeto de las actividades económicas que se ejerzan en el ámbito territorial de Galicia.